{"id":1076,"date":"2026-07-17T17:29:04","date_gmt":"2026-07-17T17:29:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.mtmsa.com\/?page_id=1076"},"modified":"2026-07-17T17:29:04","modified_gmt":"2026-07-17T17:29:04","slug":"condiciones-generales","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.mtmsa.com\/en\/condiciones-generales\/","title":{"rendered":"Condiciones generales"},"content":{"rendered":"<h2>CONDICIONES GENERALES DE PRESTACION DE SERVICIO Y SUMINISTRO DE REPUESTOS<\/h2>\n<h3>I. Disposiciones generales.<\/h3>\n<p>1. Las presentes condiciones generales se aplican a las prestaciones de montaje, instalaciones, reparaciones, servicios de mantenimiento, modificaciones, y venta de piezas de repuesto, contratadas entre MOTORES Y TRANSMISIONES MARINOS S.A. (en adelante MTM) y sus clientes.<\/p>\n<p>En caso de contradicci\u00f3n entre las presentes condiciones generales y cualesquiera condiciones generales del cliente, prevalecer\u00e1n las de MTM salvo aceptaci\u00f3n expresa por escrito de \u00e9stas \u00faltimas por MTM.<\/p>\n<p>Las condiciones previstas en este contrato se aplicar\u00e1n preferentemente a clientes profesionales. En los contratos celebrados con consumidores y usuarios, las presentes Condiciones Generales se aplicar\u00e1n en todo lo que no contravenga la normativa imperativa de protecci\u00f3n de consumidores. En caso de contradicci\u00f3n entre estas Condiciones y las disposiciones imperativas para la protecci\u00f3n de consumidores, prevalecer\u00e1n estas \u00faltimas. MTM informar\u00e1 al consumidor, con car\u00e1cter previo a la contrataci\u00f3n y en t\u00e9rminos claros y comprensibles, de todas las condiciones econ\u00f3micas y jur\u00eddicas relevantes, incluyendo el precio total, el desglose de gastos adicionales, y la existencia de garant\u00eda legal de conformidad.<\/p>\n<p>El consumidor podr\u00e1 presentar en cualquier momento y por escrito una queja o reclamaci\u00f3n relacionada con la prestaci\u00f3n del servicio o con la adquisici\u00f3n de pieza\/s; bien a trav\u00e9s del correo electr\u00f3nico mtm@mtmsa.com o mediante correo postal dirigido a MTM C\/ d&amp;#39;Alacant, 23, 07180 Santa Ponsa &#8211; Calvi\u00e1 (Islas Baleares), debiendo indicar en todo caso, sus datos personales (nombre completo, direcci\u00f3n y tel\u00e9fono) y descripci\u00f3n detallada de la reclamaci\u00f3n o queja. Las reclamaciones o quejas ser\u00e1n tramitadas y respondidas en el menor plazo posible, y en todo caso, dentro del plazo m\u00e1ximo de 15 d\u00edas desde su recepci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Las \u00f3rdenes de pedido enviadas por el cliente deber\u00e1n ser claras, precisas y completas, entendi\u00e9ndose que con su emisi\u00f3n el cliente declara conocer y aceptar plenamente la naturaleza, caracter\u00edsticas, especificaciones t\u00e9cnicas y todos los componentes de la mercanc\u00eda solicitada. MTM no responder\u00e1 de errores derivados de informaci\u00f3n incompleta o inexacta facilitada por el cliente.<\/p>\n<p>3. MTM dispone de un seguro de responsabilidad civil adecuado a la naturaleza de sus actividades. Sin perjuicio de lo anterior, cuando, por las circunstancias del servicio contratado o a requerimiento del cliente, resulte necesario contratar coberturas adicionales o espec\u00edficas no incluidas en la cobertura ordinaria de MTM, MTM informar\u00e1 al cliente y solicitar\u00e1 la aceptaci\u00f3n expresa y por escrito del presupuesto, siendo el coste de dichas coberturas adicionales asumido por el cliente.<\/p>\n<p>4. Las obligaciones que el cliente asume obligan a su personal y subcontratistas. El cliente se obliga a cumplir en todo momento con las disposiciones legales, reglamentarias y las resoluciones emitidas por organismos internacionales, o cualquier otra autoridad competente, en materia de sanciones econ\u00f3micas, embargos o restricciones comerciales.<\/p>\n<p>El incumplimiento de esta obligaci\u00f3n facultar\u00e1 a MTM para suspender o resolver el presente contrato de manera inmediata, lo que ser\u00e1 debidamente comunicado, sin perjuicio de las acciones legales o reclamaciones por da\u00f1os y perjuicios que correspondan.<\/p>\n<h3>II. Celebraci\u00f3n del contrato.<\/h3>\n<p>1. Los presupuestos de MTM tendr\u00e1n una vigencia de un mes natural. Cualquier modificaci\u00f3n de las prestaciones ser\u00e1 consensuada entre las partes.<\/p>\n<p>2. La confirmaci\u00f3n del contrato ser\u00e1 llevada a cabo mediante la confirmaci\u00f3n por escrito del pedido por parte de MTM.<\/p>\n<p>3. MTM se reserva los derechos de propiedad y de autor sobre muestras, presupuestos, ofertas, dise\u00f1os e informaciones similares tangibles o intangibles; \u00e9stos no podr\u00e1n ser puestos a disposici\u00f3n de terceros.<\/p>\n<p>4. Los datos t\u00e9cnicos comunicados por MTM al cliente se han establecido en base a los resultados obtenidos en el banco de pruebas del fabricante en condiciones controladas y en aplicaci\u00f3n de la norma ISO 3046 \u201cEnsayos de Performance de Unidades de Generaci\u00f3n El\u00e9ctrica Equipadas con Motores de Combusti\u00f3n Interna\u2019\u2019 y de la SAE J1995, pudiendo existir tolerancias t\u00e9cnicas derivadas de la naturaleza de los productos, del uso, del mantenimiento y del entorno operativo.<\/p>\n<p>En caso de que alg\u00fan dato t\u00e9cnico hubiera resultado determinante para la decisi\u00f3n de contrataci\u00f3n del cliente, \u00e9ste deber\u00e1 hacerse constar expresamente en el pedido o contrato como \u201cvalor garantizado\u201d, en cuyo caso MTM responder\u00e1 del cumplimiento de dicho par\u00e1metro. Lo anterior sin perjuicio de los derechos del consumidor frente a la falta de conformidad conforme a la legislaci\u00f3n aplicable.<\/p>\n<p>5. MTM podr\u00e1 introducir mejoras o modificaciones t\u00e9cnicas en los productos o servicios cuando resulten justificadas por razones objetivas (disponibilidad, evoluci\u00f3n t\u00e9cnica, normativa aplicable, mejora de seguridad o rendimiento) siempre que no disminuyan la calidad y la funcionalidad. Si la modificaci\u00f3n afectara de manera significativa al precio o a las caracter\u00edsticas principales del producto o servicio contratado, MTM informar\u00e1 al cliente por escrito y con car\u00e1cter previo a su ejecuci\u00f3n. Cuando el cliente consumidor no aceptase la modificaci\u00f3n propuesta, tendr\u00e1 derecho a resolver el contrato sin penalizaci\u00f3n, con restituci\u00f3n de las cantidades abonadas correspondientes a la parte no ejecutada. La restituci\u00f3n de las cantidades abonadas se realizar\u00e1 dentro del plazo de catorce (14) d\u00edas naturales desde que el consumidor comunique su decisi\u00f3n de resolver el contrato, mediante el mismo medio de pago utilizado para el pago original, sin cargo alguno para el consumidor. Para la determinaci\u00f3n del importe a restituir, se aplicar\u00e1 el r\u00e9gimen de liquidaci\u00f3n previsto en la cl\u00e1usula VIII, si bien el consumidor tendr\u00e1 en todo caso derecho al reembolso \u00edntegro de las cantidades correspondientes a la parte del contrato no ejecutada.<\/p>\n<p>6. El contrato no podr\u00e1 ser traspasado por el cliente a terceros sin el consentimiento previo por escrito de MTM.<\/p>\n<h3>III. Precio y condiciones de pago.<\/h3>\n<p>1. Los precios se consideran netos, franco f\u00e1brica. Todos los gastos de embalaje, transporte, entrega, asistencia, seguro, aduanas, desplazamientos, gastos de acceso a puerto o astillero, estacionamiento, mano de obra y otros gastos relativos a la obtenci\u00f3n de certificados y autorizaciones administrativas, que no correspondan legalmente a MTM, as\u00ed como todos los impuestos, grav\u00e1menes, derechos u otras prestaciones a pagar en aplicaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n espa\u00f1ola o del pa\u00eds importador o de tr\u00e1nsito corren por cuenta del cliente y se identificar\u00e1n de forma desglosada.<\/p>\n<p>En los pedidos urgentes podr\u00e1 aplicarse un suplemento, que se comunicar\u00e1 expresamente al cliente antes de la iniciaci\u00f3n del servicio.<\/p>\n<p>2. A menos que se estipule lo contrario, los pagos se efectuar\u00e1n mediante transferencia bancaria en las condiciones siguientes sin mediar descuento alguno:<\/p>\n<p>2.1 Venta de repuestos, sin existencia de intervenci\u00f3n de servicio: Pago del importe total del presupuesto en el momento de realizar el pedido.<\/p>\n<p>2.2 Prestaci\u00f3n de servicio: Salvo que se disponga lo contrario en el presupuesto, el pago se realizar\u00e1 de la siguiente manera;<\/p>\n<ul>\n<li>El 50% del importe del presupuesto en el momento de realizar el pedido, antes de comenzar con las prestaciones.<\/li>\n<li>El 50% restante del precio total de la prestaci\u00f3n a la finalizaci\u00f3n del servicio.<\/li>\n<\/ul>\n<p>3. No se podr\u00e1 realizar ning\u00fan pago mediante letra de cambio o efecto de comercio, sin el consentimiento previo por escrito de MTM.<\/p>\n<p>4. En caso de demora en el pago, MTM podr\u00e1 facturar una compensaci\u00f3n por demora del tipo de inter\u00e9s aplicado por el Banco Central Europeo a su m\u00e1s reciente operaci\u00f3n principal de financiaci\u00f3n efectuada antes del primer d\u00eda del semestre natural de que se trate m\u00e1s ocho puntos porcentuales seg\u00fan lo establecido por la ley 3\/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en su art\u00edculo 7, despu\u00e9s de haber puesto en conocimiento del cliente la voluntad de MTM de reclamar dicho inter\u00e9s. Si el cliente fuese consumidor, se devengar\u00e1, un inter\u00e9s de demora equivalente al inter\u00e9s legal del dinero vigente en cada momento incrementado en dos [2] puntos porcentuales, calculado sobre las cantidades vencidas y no satisfechas, desde la fecha de vencimiento hasta su completo pago.<\/p>\n<p>5. MTM podr\u00e1, efectuar una compensaci\u00f3n entre los importes debidos por el cliente o al cliente con los importes que deba al cliente o que \u00e9ste \u00faltimo le deba a \u00e9l. El cliente no podr\u00e1 compensar las cantidades debidas a MTM sin el consentimiento previo por escrito de MTM. El consentimiento de MTM no ser\u00e1 necesario si el cliente es consumidor. En los supuestos de resoluci\u00f3n o extinci\u00f3n anticipada del contrato, la compensaci\u00f3n de cantidades se regir\u00e1 exclusivamente por el r\u00e9gimen de imputaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n previsto en la cl\u00e1usula VIII, que sustituye al mecanismo de compensaci\u00f3n previsto en este apartado para dicho supuesto espec\u00edfico.<\/p>\n<p>6. Las facturas y extractos de cuenta ser\u00e1n puestos a disposici\u00f3n del cliente, quien deber\u00e1 revisarlos, y se considerar\u00e1n aceptados si no se comunica cualquier discrepancia por escrito en un plazo de dos semanas a partir de su recepci\u00f3n. El plazo de impugnaci\u00f3n previsto en este apartado no se aplicar\u00e1 a la liquidaci\u00f3n final emitida por MTM con ocasi\u00f3n de la resoluci\u00f3n o extinci\u00f3n anticipada del contrato, que se regir\u00e1 por el procedimiento espec\u00edfico previsto en la cl\u00e1usula VIII, con un plazo de impugnaci\u00f3n de diez (10) d\u00edas h\u00e1biles desde su recepci\u00f3n.<\/p>\n<p>Si el cliente fuese consumidor, la falta de reclamaci\u00f3n en dicho plazo no implicar\u00e1 la aceptaci\u00f3n autom\u00e1tica de la factura ni la renuncia a los derechos que pudieran corresponderles conforme a la normativa aplicable.<\/p>\n<p>7. El retraso en el pago generar\u00e1 autom\u00e1ticamente el devengo de intereses al tipo legal previsto en la Ley 3\/2004 de 29 de diciembre de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, as\u00ed como el derecho a la compensaci\u00f3n por costes de cobro. El deudor incurrir\u00e1 en mora y deber\u00e1 pagar el inter\u00e9s de demora de forma autom\u00e1tica por el mero incumplimiento del plazo de pago, sin necesidad de requerimiento previo. En contratos con consumidores, el tipo de inter\u00e9s de demora aplicable ser\u00e1 el inter\u00e9s legal del dinero incrementado en dos (2) puntos porcentuales, o el tipo legalmente establecido como m\u00e1ximo en cada momento para operaciones con consumidores. Los intereses de demora regulados en este apartado tienen car\u00e1cter resarcitorio del retraso en el pago y no se acumular\u00e1n con la indemnizaci\u00f3n prevista en la cl\u00e1usula V.3.4., cuando ambos conceptos traigan causa del mismo incumplimiento de pago. La indemnizaci\u00f3n solo ser\u00e1 exigible si MTM opta por resolver el contrato; los intereses de demora ser\u00e1n exigibles en caso de que MTM no resuelva el contrato.<\/p>\n<h3>IV. Reserva de dominio.<\/h3>\n<p>1. Salvo en caso de que el objeto del suministro est\u00e9 destinado a la reventa por parte del cliente, MTM se reserva el dominio del objeto del suministro hasta recibir todos los pagos resultantes del contrato de suministro.<\/p>\n<p>2. El cliente no podr\u00e1 vender, dar en prenda o ceder a t\u00edtulo de garant\u00eda las piezas vendidas hasta el pago \u00edntegro del precio. Tampoco estar\u00e1 autorizado a modificarlas, transformarlas o alterarlas, sin embargo, deber\u00e1 poner en conocimiento de MTM a la mayor brevedad posible cualquier desperfecto o desviaci\u00f3n de las caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas del producto o servicio suministrado a fin de proceder a su reparaci\u00f3n o sustituci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. En caso de embargo, reclamaci\u00f3n, retenci\u00f3n o de cualquier otra actuaci\u00f3n o intromisi\u00f3n por parte de terceros que pudiera afectar, directa o indirectamente, a la posesi\u00f3n o propiedad del suministro, el cliente deber\u00e1 comunicarlo a MTM sin dilaci\u00f3n, tan pronto como tenga conocimiento de ello para poder obrar en consecuencia.<\/p>\n<p>4. Si el cliente no realiza los pagos en los plazos acordados o incumple cualquiera de las obligaciones indicadas en los apartados anteriores, MTM podr\u00e1 exigir el pago inmediato de las cantidades vencidas. Asimismo, MTM tendr\u00e1 derecho a recuperar las piezas o elementos suministrados mientras no se haya abonado \u00edntegramente el precio pactado. Las cantidades que se hubiesen satisfecho hasta ese momento se imputar\u00e1n a la compensaci\u00f3n de los gastos de devoluci\u00f3n y da\u00f1os efectivamente causados a MTM, como por ejemplo los causados por la imposibilidad de devoluci\u00f3n de piezas al fabricante. El cliente tendr\u00e1 derecho a la devoluci\u00f3n del remanente. El c\u00e1lculo del remanente se realizar\u00e1 de forma documentada y el cliente tendr\u00e1 la posibilidad de impugnarlo.<\/p>\n<p>5. MTM podr\u00e1, en cualquier caso, ejercer todos los derechos que le correspondan como propietario de las piezas vendidas, en virtud de la reserva de dominio indicada.<\/p>\n<p>Si la legislaci\u00f3n del pa\u00eds del comprador no reconociera como v\u00e1lida la reserva de dominio estipulada en este pacto, el cliente se compromete a proporcionar, a su exclusivo cargo, todas las garant\u00edas alternativas admitidas por dicha legislaci\u00f3n que resulten necesarias para asegurar la plena protecci\u00f3n de los derechos de MTM. MTM gozar\u00e1 de todos los dem\u00e1s derechos sobre la mercanc\u00eda vendida que dicha ley le reconozca, quedando obligado el cliente a prestar su concurso a MTM si \u00e9ste se ve precisado a tomar medidas destinadas a proteger su derecho de propiedad y todos los dem\u00e1s derechos nacidos del presente contrato. Cuando el cliente tenga la condici\u00f3n de consumidor, MTM asumir\u00e1 en todo caso y a su exclusivo cargo el coste de cualesquiera garant\u00edas alternativas que deba constituir en el pa\u00eds de ubicaci\u00f3n de los bienes para hacer valer sus derechos de propiedad frente a terceros. El cliente no vendr\u00e1 obligado a asumir gasto alguno derivado de la protecci\u00f3n de los derechos de propiedad de MTM, sin perjuicio de su deber de colaboraci\u00f3n leal y de buena fe cuando dicha colaboraci\u00f3n no le suponga coste econ\u00f3mico ni esfuerzo desproporcionado. En ning\u00fan caso esta cl\u00e1usula podr\u00e1 interpretarse como una renuncia del consumidor a los derechos que le reconocen las normas imperativas aplicables.<\/p>\n<h3>V. Entregas.<\/h3>\n<p>1. Plazos de entrega.<\/p>\n<p>1.1 Los plazos de entrega comunicados por MTM son estimativos al depender de factores t\u00e9cnicos, log\u00edsticos o de suministro, ajenos al control de MTM. Si MTM previera un retraso sobre el plazo indicado, lo comunicar\u00e1 al cliente con la mayor antelaci\u00f3n posible, indicando la nueva fecha estimada, adoptando medidas razonables para reducir el impacto del retraso.<\/p>\n<p>1.2 Si el retraso superara las ocho (8) semanas desde la fecha de entrega indicada, el cliente podr\u00e1 requerir a MTM por escrito para que proceda a la entrega en un plazo adicional m\u00e1ximo de dos (2) semanas. Si transcurrido ese nuevo plazo adicional no se hubiera producido la entrega, el cliente podr\u00e1 resolver el contrato total o parcialmente, seg\u00fan corresponda, con restituci\u00f3n de las cantidades abonadas, sin perjuicio de los derechos de indemnizaci\u00f3n que pudieran corresponderle conforme a la legislaci\u00f3n aplicable.<\/p>\n<p>1.3 Las entregas y plazos de entrega quedar\u00e1n en todo caso suspendidos si el cliente no cumple con sus obligaciones y, sobre todo, en caso de impago del importe del precio en los plazos convenidos o si no facilita a MTM los documentos necesarios para la ejecuci\u00f3n del pedido.<\/p>\n<p>1.4 Los plazos de entrega se ampliar\u00e1n siempre que un acontecimiento ajeno a la voluntad de MTM (como, por ejemplo: fuerza mayor, fen\u00f3menos meteorol\u00f3gicos adversos, conflictos b\u00e9licos, huelga del personal de MTM, cierre de sus instalaciones, retrasos de los proveedores, subcontratistas o transportistas, falta de suministro de fabricantes, o huelga de personal de los subcontratistas, proveedores o astilleros, crisis sanitarias\/pandemias o escasez de materias primas) le impida cumplir con el pedido, no siendo MTM responsable de tales retrasos. MTM se compromete a informar al cliente de dichos acontecimientos. Si la entrega se suspende debido a un motivo ajeno a la voluntad de MTM y del cliente durante un plazo superior a 6 meses, cada una de las partes podr\u00e1 rescindir el contrato siendo restituidos al cliente los pagos ya realizados.<\/p>\n<p>2. Agotamiento de stock o parada de producci\u00f3n. En caso de agotamiento de los stocks o de parada de producci\u00f3n, MTM podr\u00e1 proponer al cliente un producto equivalente al encargado, siempre que el segundo producto sea de caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas, funcionales y de calidad similares, cumpla la misma finalidad y sea integrable y compatible con el primero.<\/p>\n<p>En ning\u00fan otro caso podr\u00e1 entregarse un producto sustitutivo sin la aceptaci\u00f3n expresa y por escrito del cliente. Si el cliente no aceptara justificadamente el producto equivalente, podr\u00e1 resolver la parte afectada del pedido con restituci\u00f3n de las cantidades abonadas.<\/p>\n<p>3. Modalidades de entrega \u2013 transferencia de riesgos.<\/p>\n<p>3.1 El material de carga perteneciente a MTM, es decir, contenedores, pal\u00e9s, etc., seguir\u00e1 siendo propiedad de MTM. El cliente deber\u00e1 conservarlo con cuidado y mandarlo de vuelta a MTM a portes pagados.<\/p>\n<p>3.2 MTM podr\u00e1, de acuerdo con su criterio, organizar el transporte de los productos encargados sin estar obligado a adoptar el modo de env\u00edo m\u00e1s econ\u00f3mico, eligiendo en todo caso, un modo de env\u00edo adecuado en atenci\u00f3n al tipo de mercanc\u00eda, urgencia y coste.<\/p>\n<p>3.3 En todo caso, los riesgos de deterioro y p\u00e9rdida de los productos se transfieren al cliente una vez que la mercanc\u00eda haya sido cargada en f\u00e1brica. Si el env\u00edo sufre retraso por causas ajenas a la voluntad de MTM, se transferir\u00e1n al cliente una vez que \u00e9ste reciba el aviso de disponibilidad de los productos.<\/p>\n<p>En operaciones con consumidores el riesgo de deterioro o p\u00e9rdida de los productos se transferir\u00e1 al cliente en el momento en que \u00e9ste, o un tercero por \u00e9l designado, distinto del transportista, adquiera la posesi\u00f3n material de los bienes, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente. No obstante, si el cliente encarga el transporte a un transportista distinto del propuesto por MTM, el riesgo se transferir\u00e1 en el momento de la entrega de los bienes al transportista.<\/p>\n<p>3.4. En caso de que el cliente no tomara posesi\u00f3n de los productos en la fecha acordada, MTM le requerir\u00e1 por escrito para que proceda a la recogida en un plazo m\u00e1ximo de cuatro semanas.<\/p>\n<p>Transcurrido dicho plazo, sin que el cliente hubiera retirado los productos, MTM podr\u00e1, previa nueva notificaci\u00f3n al cliente con un preaviso de una (1) semana resolver el contrato y reclamar los da\u00f1os y perjuicios reales y debidamente acreditados causados por dicho incumplimiento, incluidos los gastos de almacenaje devengados desde la fecha acordada de entrega, conforme a las tarifas pactadas o, en su defecto, a precio de mercado.<\/p>\n<p>A efectos de facilitar la determinaci\u00f3n del perjuicio, las partes acuerdan que MTM podr\u00e1 reclamar, con car\u00e1cter de estimaci\u00f3n inicial, una cantidad equivalente al 15 % del precio acordado, que se corresponde con el beneficio industrial y los costes directamente imputables al incumplimiento (los costes de preparaci\u00f3n, reserva de materiales, y gesti\u00f3n del pedido).<\/p>\n<p>Dicho porcentaje operar\u00e1 como m\u00ednimo indemnizatorio presunto, sin perjuicio de que MTM acredite da\u00f1os superiores. El porcentaje anterior tendr\u00e1 el car\u00e1cter de cl\u00e1usula penal pactada, sin perjuicio de la facultad de moderaci\u00f3n judicial conforme al art\u00edculo 1154 del C\u00f3digo Civil.<\/p>\n<p>Cuando el cliente tenga la condici\u00f3n de consumidor, el importe resultante de aplicar el porcentaje anterior se tendr\u00e1 por una estimaci\u00f3n de los da\u00f1os efectivamente causados. En ning\u00fan caso podr\u00e1 exigirse al consumidor una cantidad que, a la vista de las circunstancias concretas y los da\u00f1os acreditados, resulte manifiestamente desproporcionada. El cliente consumidor podr\u00e1, en todo caso, alegar y probar que los da\u00f1os reales causados a MTM son inferiores al importe resultante de la estimaci\u00f3n, en cuyo caso la indemnizaci\u00f3n exigible se ajustar\u00e1 a los da\u00f1os acreditados.<\/p>\n<p>Las cantidades anticipadas por el cliente quedar\u00e1n sujetas al r\u00e9gimen de liquidaci\u00f3n previsto en la cl\u00e1usula VIII, imput\u00e1ndose con car\u00e1cter prioritario al importe de la cl\u00e1usula penal pactada en este apartado y, en su caso, a los gastos justificados de almacenaje y gesti\u00f3n. El saldo remanente a favor del cliente, si lo hubiere tras dicha imputaci\u00f3n, le ser\u00e1 reembolsado conforme a los plazos y procedimientos establecidos en la cl\u00e1usula VIII.<\/p>\n<p>MTM proceder\u00e1 a la entrega de los productos encargados, siempre que el cliente haya satisfecho sus obligaciones y podr\u00e1 repercutirle los gastos de almacenaje devengados desde la fecha en que se hubiera pactado inicialmente de entrega.<\/p>\n<p>Las previsiones de esta cl\u00e1usula se aplicar\u00e1n sin perjuicio de los dem\u00e1s derechos que correspondan a MTM o al cliente conforme a la legislaci\u00f3n vigente, en particular los derechos de resoluci\u00f3n por incumplimiento conforme al art\u00edculo 1124 del C\u00f3digo Civil y, cuando sea de aplicaci\u00f3n, los derechos reconocidos al consumidor por el Real Decreto Legislativo 1\/2007, de 16 de noviembre.<\/p>\n<h3>VI. Servicio al cliente.<\/h3>\n<p>1. En general, el cliente deber\u00e1 suministrar todas las prestaciones necesarias para la preparaci\u00f3n y realizaci\u00f3n de las obras por parte de MTM, solicitadas por el personal de MTM.<\/p>\n<p>2. Los servicios prestados fuera de las instalaciones de MTM s\u00f3lo podr\u00e1n comenzar a ser ejecutados cuando el cliente lleve a cabo por su cuenta y riesgo, los pasos preparatorios y medidas de seguridad que se le indiquen, necesarios para la buena ejecuci\u00f3n de las obras por parte de MTM. El cliente deber\u00e1 en particular:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">a) ejecutar por su cuenta todos los trabajos preparatorios necesarios para permitir la correcta preparaci\u00f3n e intervenci\u00f3n de MTM, y en particular el acceso seguro a la zona de trabajo. Asimismo, deber\u00e1 suministrar por cuenta suya los materiales necesarios para la realizaci\u00f3n de dichos trabajos.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">b) suministrar e instalar por cuenta suya el material necesario (medios auxiliares externos) para que MTM pueda acceder al lugar de trabajo y proceder a su intervenci\u00f3n, y en particular, las m\u00e1quinas, gr\u00faas y dispositivos de elevaci\u00f3n, as\u00ed como los andamios, escaleras, etc. Las herramientas ordinarias y \u00fatiles de trabajo de MTM ser\u00e1n aportados por \u00e9sta.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">c) suministrar y, si es necesario, reciclar los productos necesarios para la intervenci\u00f3n de MTM, como carburantes, lubricantes y otros productos similares, agua, calefacci\u00f3n, aire comprimido, corriente el\u00e9ctrica e iluminaci\u00f3n necesarios para la intervenci\u00f3n; y tomar las medidas necesarias, como, por ejemplo, coordinar todo para que dichos productos est\u00e9n disponibles en el lugar del montaje\/instalaci\u00f3n. Si dichos suministros necesarios fueran aportados por MTM, su coste podr\u00e1 repercutirse, previa identificaci\u00f3n en presupuesto o factura.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">d) supervisar y suministrar locales suficientemente grandes, adaptados, secos y que se puedan cerrar con llave para almacenar las piezas, las m\u00e1quinas, los materiales y las herramientas, as\u00ed como instalaciones necesarias para el trabajo del personal de MTM, aseos y una o varias salas de descanso.<\/p>\n<p>3. Si el cliente no est\u00e1 en disponibilidad de suministrar, ya sea directamente o mediante intermediarios, los medios auxiliares o utillajes necesarios para la intervenci\u00f3n de MTM descritos en el apartado anterior, \u00e9sta podr\u00e1, previa aceptaci\u00f3n del cliente alquilarlos a un tercero, repercutiendo su coste real y efectivo al cliente, junto con los gastos administrativos asociados debidamente justificados. La entrega, utilizaci\u00f3n y devoluci\u00f3n de dicho material se har\u00e1 por cuenta y riesgo del cliente. La duraci\u00f3n del alquiler se extiende desde el d\u00eda del env\u00edo del material hasta la fecha de devoluci\u00f3n de este. Si el material se devuelve en mal estado o no se devuelve, el cliente deber\u00e1 reembolsar a MTM el coste de reparaci\u00f3n o reposici\u00f3n de dicho material.<\/p>\n<p>4. El cliente tomar\u00e1 todas las medidas necesarias para la protecci\u00f3n de las personas y de los objetos en el lugar de trabajo e informar\u00e1 a MTM lo antes posible y, en cualquier caso, antes de la llegada del personal de MTM al emplazamiento, de todas las normas de seguridad que deben observarse en el mismo.<\/p>\n<h3>VII. Condiciones de trabajo.<\/h3>\n<p>1. Los servicios no se ejecutar\u00e1n en lugares o terrenos insalubres o peligrosos ni en condiciones inaceptables para la seguridad de las personas. El cliente advertir\u00e1 a MTM de todos los riesgos y peligros potenciales debiendo tomar las precauciones necesarias y exigidas por la ley para prevenir los accidentes en cumplimiento estricto de la normativa laboral, de seguridad social y de prevenci\u00f3n de riesgos laborales en el trabajo vigentes.<\/p>\n<p>2. El cliente pondr\u00e1 a disposici\u00f3n del personal de MTM instalaciones adaptadas para el almuerzo y para los cuidados m\u00e9dicos cerca del lugar del trabajo. En caso de accidente o enfermedad del personal, con necesidad de una asistencia m\u00e9dica o un tratamiento en el hospital, el cliente correr\u00e1 con los gastos de la asistencia m\u00e9dica y\/o de la hospitalizaci\u00f3n inmediata y suministrar\u00e1 los medicamentos necesarios, independientemente de si el accidente o la enfermedad sobrevienen en horas de trabajo o no. MTM reembolsar\u00e1 al cliente todos los gastos en los que haya incurrido, siempre que el cliente no sea responsable del accidente o enfermedad y que su seguro no cubra dichos gastos. En los trabajos realizados fuera del territorio nacional, el cliente colaborar\u00e1 con MTM para organizar, en el plazo m\u00e1s breve posible, la repatriaci\u00f3n del paciente a su pa\u00eds de origen, si el transporte es posible desde el punto de vista m\u00e9dico y si MTM y\/o el paciente solicitan dicha repatriaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para el supuesto de que los trabajos se desarrollen fuera del territorio nacional y fuese preciso contratar un seguro de asistencia para el personal de MTM, el coste de dicho seguro ser\u00e1 asumido por el cliente, siempre que se le haya informado con car\u00e1cter previo indicando el importe o, si no fuera posible determinarlo, su base de c\u00e1lculo. La falta de objeci\u00f3n expresa dentro de los cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la recepci\u00f3n de dicha informaci\u00f3n implicar\u00e1 la aceptaci\u00f3n del cargo.<\/p>\n<p>Cuando el cliente tenga la condici\u00f3n de consumidor, el coste del seguro \u00fanicamente podr\u00e1 ser repercutido al cliente si se cumplen acumulativamente los siguientes requisitos:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">i. MTM habr\u00e1 informado al cliente, antes de quedar vinculado por el contrato o por cualquier oferta, del car\u00e1cter eventual de este coste adicional, de su importe exacto o, si este no pudiera conocerse con antelaci\u00f3n, de una estimaci\u00f3n suficientemente precisa y de los criterios de c\u00e1lculo que permitan al cliente prever su cuant\u00eda m\u00e1xima.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">ii. El cliente habr\u00e1 prestado su consentimiento expreso e individualizado mediante un acto positivo e inequ\u00edvoco de aceptaci\u00f3n, en soporte duradero, adoptado sobre la base de opci\u00f3n de inclusi\u00f3n activa. No se considerar\u00e1 consentimiento v\u00e1lido la aceptaci\u00f3n deducida de una casilla pre-marcada, de una opci\u00f3n por defecto que el cliente deba desactivar para evitar el cargo, ni la falta de oposici\u00f3n a la cl\u00e1usula en el momento de la firma de las presentes condiciones generales.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">iii. La informaci\u00f3n sobre este coste habr\u00e1 sido facilitada de forma clara, comprensible y separada del resto de las condiciones generales, de tal manera que el cliente haya podido identificarla y comprenderla sin necesidad de consultar otras estipulaciones del contrato.<\/p>\n<p>En caso de que no se cumplan los requisitos anteriores, MTM no podr\u00e1 repercutir al cliente consumidor el coste del seguro de asistencia, que correr\u00e1 en todo caso a su cargo. Si, pese a lo anterior, MTM hubiera aplicado dicho cargo, el cliente consumidor tendr\u00e1 derecho a su reembolso \u00edntegro.<\/p>\n<p>La acreditaci\u00f3n del cumplimiento de los requisitos de informaci\u00f3n y consentimiento previstos en este apartado incumbir\u00e1 en todo caso a MTM.<\/p>\n<p>3. Si el personal de MTM as\u00ed lo solicita, el cliente suministrar\u00e1 por cuenta suya un int\u00e9rprete durante las horas de trabajo.<\/p>\n<h3>VIII. Interrupci\u00f3n y suspensi\u00f3n de los servicios.<\/h3>\n<p>1. Si las condiciones en que deben prestarse los servicios no permitieran garantizar la seguridad y salud del personal, o debieran ser interrumpidas y suspendidas por razones ajenas a la voluntad de MTM:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">a) el cliente podr\u00e1 pedir a MTM que retire el personal.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">b) MTM puede retirar su personal.<\/p>\n<p>En cualquier caso, los gastos de transporte de ida y vuelta del personal correr\u00e1n a cargo del cliente.<\/p>\n<p>2. Si los servicios se retrasan o se interrumpen por un motivo ajeno a la voluntad de MTM, los gastos resultantes debidamente acreditados correr\u00e1n por cuenta del cliente, y en particular los gastos del personal en espera y del almacenaje. Estos gastos se a\u00f1aden al montante inicial del presupuesto.<\/p>\n<p>3. MTM podr\u00e1 suspender temporalmente los servicios en caso de interrupci\u00f3n o demora por causas ajenas a su voluntad, informando al cliente de inmediato con indicaci\u00f3n de la causa y duraci\u00f3n estimada. Asimismo, MTM podr\u00e1 resolver el contrato en caso de que los servicios se vean interrumpidos o suspendidos durante un per\u00edodo continuado superior a treinta (30) d\u00edas mediante comunicaci\u00f3n fehaciente dirigida al cliente con indicaci\u00f3n de la causa de resoluci\u00f3n, siempre que dicha situaci\u00f3n imposibilite o dificulte de forma significativa la ejecuci\u00f3n del contrato.<\/p>\n<p>4. Resuelta la relaci\u00f3n contractual conforme al apartado anterior, MTM practicar\u00e1, en el plazo de treinta (30) d\u00edas naturales desde la fecha de efectos de la resoluci\u00f3n, una liquidaci\u00f3n que comprender\u00e1: (a) el importe de los servicios efectivamente prestados, valorados al precio pactado o, en su defecto, al precio de mercado; (b) los gastos justificados incurridos por MTM en ejecuci\u00f3n del contrato, incluyendo costes de movilizaci\u00f3n, materiales adquiridos espec\u00edficamente para el pedido, almacenaje y compromisos contra\u00eddos con terceros; y (c) las facturas vencidas y pendientes de pago.<\/p>\n<p>Las cantidades anticipadas por el cliente se imputar\u00e1n, por este orden, a los conceptos (a), (b) y (c) anteriores. El remanente a favor del cliente le ser\u00e1 reembolsado en el plazo de treinta (30) d\u00edas desde la liquidaci\u00f3n definitiva; el saldo a favor de MTM ser\u00e1 exigible en el mismo plazo.<\/p>\n<p>5. El cliente que no est\u00e9 conforme con la liquidaci\u00f3n deber\u00e1 comunicarlo por escrito, de forma razonada y documentada, en el plazo de diez (10) d\u00edas h\u00e1biles desde su recepci\u00f3n; en caso contrario, se entender\u00e1 aceptada. La reclamaci\u00f3n no suspender\u00e1 la obligaci\u00f3n de pago de las partidas no controvertidas.<\/p>\n<p>6. La resoluci\u00f3n del contrato no implicar\u00e1 renuncia de MTM a reclamar da\u00f1os y perjuicios frente a quienes hubieran causado o contribuido a la interrupci\u00f3n de los servicios.<\/p>\n<p>7. Cuando el cliente sea consumidor, MTM no podr\u00e1 retener cantidades que correspondan a servicios no prestados. El reembolso se realizar\u00e1 en el plazo m\u00e1ximo de catorce (14) d\u00edas mediante el mismo medio de pago utilizado por el consumidor, sin que pueda impon\u00e9rsele ning\u00fan cargo por dicho reembolso. Solo podr\u00e1n deducirse las partidas (a) y (b) del apartado 2 en la medida en que correspondan a prestaciones efectivamente realizadas o gastos real y objetivamente incurridos y documentados.<\/p>\n<p>8. Las cantidades abonadas en concepto de anticipo inicial y, en su caso, el segundo pago parcial que se hubieran satisfecho antes de la resoluci\u00f3n o extinci\u00f3n anticipada del contrato, quedar\u00e1n sujetas al r\u00e9gimen de imputaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n previsto en esta cl\u00e1usula. El saldo que resulte a favor de MTM tras la liquidaci\u00f3n generar\u00e1 intereses de demora conforme a lo previsto en el apartado III.4 si no es abonado en el plazo de treinta (30) d\u00edas desde la liquidaci\u00f3n definitiva.<\/p>\n<p>9. En caso de incumplimiento grave de las obligaciones del cliente, MTM le requerir\u00e1 por escrito para que subsane el incumplimiento en un plazo no superior a diez (10) d\u00edas. Si el incumplimiento no se subsanara en dicho plazo, MTM podr\u00e1 resolver el contrato.<\/p>\n<p>A efectos de la presente cl\u00e1usula, se considerar\u00e1n incumplimientos graves, con car\u00e1cter enunciativo y no exhaustivo, los siguientes:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">a) El impago total o parcial del anticipo del precio exigible antes del inicio de la prestaci\u00f3n del servicio, conforme a lo previsto en el apartado III.2.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">b) El retraso superior a quince (15) d\u00edas en el pago de cualquier otra cantidad vencida, cuando dicho retraso ponga en riesgo la continuidad de la ejecuci\u00f3n del contrato o se produzca de forma reiterada.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">c) La negativa del cliente a facilitar el acceso al lugar de trabajo al personal de MTM, o la falta de realizaci\u00f3n de los trabajos preparatorios y medidas de seguridad exigidas en el apartado VI.2, cuando ello impida o dificulte de forma significativa la correcta ejecuci\u00f3n del servicio. Asimismo, se entender\u00e1 incluido, cualquier impedimento para la prestaci\u00f3n del servicio o limitaci\u00f3n de acceso causado por un tercero ajeno a MTM, cuya gesti\u00f3n o coordinaci\u00f3n corresponda al cliente.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">d) El incumplimiento de las normas de seguridad y salud aplicables en el lugar de trabajo, o la omisi\u00f3n de la informaci\u00f3n sobre riesgos y peligros del emplazamiento exigida en los apartados VI.4 y VII.1, cuando dicho incumplimiento genere un riesgo real para la seguridad del personal de MTM.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">e) La cesi\u00f3n del contrato a un tercero sin el consentimiento previo por escrito de MTM, conforme a lo previsto en el apartado II.6.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">f) La venta, pignoraci\u00f3n, cesi\u00f3n en garant\u00eda, modificaci\u00f3n o alteraci\u00f3n de las piezas suministradas sujetas a reserva de dominio antes del pago \u00edntegro del precio, en contravenci\u00f3n de lo dispuesto en el apartado IV.2.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">g) El incumplimiento de la normativa aplicable en materia de sanciones econ\u00f3micas, embargos o restricciones comerciales, de lucha contra la corrupci\u00f3n, as\u00ed como de las leyes antimonopolio y de defensa de la competencia, en los t\u00e9rminos previstos en los apartados I.4 y XII.<\/p>\n<p>En estos casos, si la naturaleza del incumplimiento lo exigiera por razones de seguridad jur\u00eddica o cumplimiento normativo, MTM podr\u00e1 resolver el contrato de forma inmediata, sin necesidad de requerimiento previo ni de concesi\u00f3n de plazo de subsanaci\u00f3n, mediante comunicaci\u00f3n fehaciente al cliente.<\/p>\n<p>En caso de resoluci\u00f3n, MTM tendr\u00e1 derecho a percibir el importe correspondiente a los servicios efectivamente prestados hasta la fecha de resoluci\u00f3n, as\u00ed como el reembolso de los gastos debidamente justificados en los que hubiera incurrido como consecuencia de la ejecuci\u00f3n del contrato hasta ese momento. Cuando el cliente tenga la condici\u00f3n de consumidor, los supuestos de incumplimiento grave identificados en las letras a) a g) anteriores deber\u00e1n interpretarse de conformidad con el principio de proporcionalidad. Un incumplimiento ser\u00e1 grave cuando, atendidas las circunstancias del caso concreto, prive a MTM de forma sustancial de lo que ten\u00eda derecho a esperar de la correcta ejecuci\u00f3n del contrato. El mero retraso aislado en el pago que sea subsanado dentro del plazo de requerimiento no constituir\u00e1 por s\u00ed solo causa de resoluci\u00f3n.<\/p>\n<h3>IX. Permisos y licencias.<\/h3>\n<p>Salvo pacto expreso en contrario, los permisos de entrada, salida, atraque, obra, acceso y licencias de importaci\u00f3n o exportaci\u00f3n relacionadas con la embarcaci\u00f3n o emplazamiento corresponder\u00e1n al cliente, excepto aquellos permisos o habilitaciones que legalmente deban ser obtenidos por MTM como prestador del servicio.<\/p>\n<h3>X. Garant\u00eda de las prestaciones de servicios y de las piezas de repuesto.<\/h3>\n<p>1. MTM garantiza al cliente que los servicios realizados y\/o las piezas suministradas no tendr\u00e1n defectos durante un plazo de seis meses o trescientas (300) horas a contar desde la fecha en la que el motor sea puesto en servicio o sea vuelto a poner en servicio, sin que la duraci\u00f3n de la garant\u00eda pueda en ning\u00fan caso exceder un plazo de doce meses (12) tras la finalizaci\u00f3n de los trabajos en el emplazamiento o la notificaci\u00f3n de env\u00edo dirigida al cliente.<\/p>\n<p>En el caso de clientes profesionales la obligaci\u00f3n de reparaci\u00f3n por parte de MTM quedar\u00e1 condicionada a que el cliente se encuentre al corriente en el pago \u00edntegro de las cantidades adeudadas en virtud del contrato. La condici\u00f3n de &amp;quot;al corriente en el pago \u00edntegro&amp;quot; prevista en este apartado no se entender\u00e1 incumplida respecto de las cantidades que el cliente hubiera impugnado de forma expresa, razonada y documentada dentro del plazo y conforme al procedimiento establecido en la cl\u00e1usula VIII, mientras dicha controversia est\u00e9 pendiente de resoluci\u00f3n. En ese caso, MTM no podr\u00e1 suspender la garant\u00eda por la parte del saldo que sea objeto de reclamaci\u00f3n en curso.<\/p>\n<p>Cuando el cliente sea consumidor, se aplicar\u00e1 el r\u00e9gimen legal de conformidad previsto en el Real Decreto Legislativo 1\/2007, sin que esta cl\u00e1usula pueda limitarlo, de manera que la duraci\u00f3n de la garant\u00eda ser\u00e1 de tres a\u00f1os.<\/p>\n<p>2. La garant\u00eda no se aplicar\u00e1 en los siguientes casos: utilizaci\u00f3n inadecuada o inapropiada, incumplimiento de la condici\u00f3n e instrucciones de uso del fabricante o de mantenimiento de MTM, montaje o puesta en funcionamiento de forma err\u00f3nea por parte del cliente o de terceros, desgaste natural, tratamiento equivocado o descuidado, mantenimiento irregular, omisi\u00f3n de medidas inmediatas para disminuir o evitar los da\u00f1os por parte del cliente, medios de producci\u00f3n defectuosos, trabajos de construcci\u00f3n inapropiados, terreno inapropiado para construcci\u00f3n, influjos qu\u00edmicos, electroqu\u00edmicos o el\u00e9ctricos, siempre que no sean de responsabilidad del suministrador. MTM tendr\u00e1 el derecho preferente a llevar a cabo, directamente o a trav\u00e9s de su propio personal t\u00e9cnico o de talleres expresamente designados, cualquier intervenci\u00f3n de revisi\u00f3n, mantenimiento, reparaci\u00f3n o subsanaci\u00f3n de defectos relacionada con las prestaciones realizadas o con las piezas suministradas. Si el cliente o un tercero efect\u00faan una reparaci\u00f3n inadecuada, ni el suministrador ni MTM responder\u00e1n de las consecuencias. Lo mismo ocurrir\u00e1 si efect\u00faan cambios en el objeto del suministro sin la aprobaci\u00f3n previa del suministrador.<\/p>\n<p>3. El cliente deber\u00e1 comunicar por escrito a MTM la existencia de cualquier defecto lo antes posible y, en todo caso, dentro de los 30 d\u00edas siguientes al descubrimiento, identificando el n\u00famero de serie o referencia afectada so pena de p\u00e9rdida del derecho a garant\u00eda. Si el cliente es consumidor, dicha comunicaci\u00f3n se deber\u00e1 notificar en el menor tiempo posible desde su descubrimiento.<\/p>\n<p>4. La garant\u00eda, siempre que sea aplicable, obedecer\u00e1 a las condiciones siguientes:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">a) A expensas del consentimiento previo y por escrito de MTM y en el caso de que fuera imposible o resultar\u00e1 muy dif\u00edcil corregir el defecto por parte de MTM o por parte de un taller designado por MTM, la reparaci\u00f3n podr\u00e1 ser efectuada por el cliente o un tercero. En tal caso, MTM reembolsar\u00e1 los gastos incurridos por el cliente siempre que dichos gastos est\u00e9n debidamente acreditados y se correspondan a precios de mercado.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">b) Cuando la reparaci\u00f3n se efect\u00fae en las instalaciones de MTM o en un taller designado por MTM, el cliente deber\u00e1 adelantar el pago de los gastos de env\u00edo de la pieza (s) defectuosa (s): MTM reembolsar\u00e1 estos gastos eligiendo la forma de env\u00edo razonable y adecuada en relaci\u00f3n con el tipo de mercanc\u00eda y su valor. Se aplicar\u00e1n las mismas normas de reembolso en caso de que las piezas sean sustituidas, debiendo el cliente en este caso, devolver a MTM la pieza(s) defectuosa(s).<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">c) En caso de que la pieza defectuosa sea sustituida in situ, el cliente deber\u00e1 poner a disposici\u00f3n de MTM, si \u00e9ste as\u00ed lo solicita, el personal y\/o el material necesario para la reparaci\u00f3n, en los t\u00e9rminos previstos en el apartado VI.2 de las presentes condiciones generales, sin coste adicional para MTM, de conformidad con las obligaciones de colaboraci\u00f3n asumidas en el apartado VI.2. Cuando el cliente tenga la condici\u00f3n de consumidor o usuario, MTM asumir\u00e1 todos los costes necesarios para la ejecuci\u00f3n de la reparaci\u00f3n o sustituci\u00f3n in situ, incluyendo los de mano de obra y materiales, de conformidad con el art\u00edculo 120 del Real Decreto Legislativo 1\/2007, de 16 de noviembre, y sin que pueda trasladarse al consumidor ning\u00fan coste ni carga derivados de la puesta en conformidad. En ning\u00fan caso se exigir\u00e1 al consumidor la aportaci\u00f3n de personal o material propio para la ejecuci\u00f3n de la reparaci\u00f3n en garant\u00eda.<\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px;\">d) MTM correr\u00e1 a cargo de los gastos de env\u00edo razonables de las piezas reparadas o sustituidas, utilizando el modo de transporte m\u00e1s adecuado en relaci\u00f3n con el tipo de mercanc\u00eda y su valor. Adem\u00e1s, MTM se har\u00e1 cargo de los gastos razonables relacionados con la retirada e instalaci\u00f3n de las piezas de los elementos instalados \/ reparados que ser\u00e1n reembolsados con un importe m\u00e1ximo equivalente a los gastos en los que habr\u00eda incurrido si la retirada y\/o instalaci\u00f3n de estas piezas hubiese sido realizada en las instalaciones de MTM. En ning\u00fan caso, MTM se har\u00e1 cargo de los gastos de instalaci\u00f3n o de retirada del motor completo, etc. ni de otros gastos accesorios que correr\u00e1n por cuenta del cliente.<\/p>\n<p>5. En caso de que el defecto y la reclamaci\u00f3n del cliente no est\u00e9n cubiertos por la garant\u00eda, ser\u00e1 responsabilidad del cliente recoger todas las piezas o el elemento sustituido \/ reparado en el plazo m\u00e1s breve posible, y en todo caso dentro de los 15 d\u00edas siguientes a la comunicaci\u00f3n por MTM al cliente de la disponibilidad de la pieza, corriendo por cuenta del cliente los gastos de env\u00edo inicial y de reenv\u00edo, as\u00ed como todos los gastos originados por el examen de su reclamaci\u00f3n. Durante el periodo de almacenaje, MTM responder\u00e1 del dep\u00f3sito conforme al est\u00e1ndar de diligencia exigible, no siendo responsable de los da\u00f1os que pudieran ocurrir sobre la pieza por causas de fuerza mayor, incendio, robo, etc.<\/p>\n<p>Si no se retirasen todas las piezas dentro del plazo de 15 d\u00edas se\u00f1alado, podr\u00e1n repercutirse los gastos de almacenaje conforme a las tarifas de mercado, previamente comunicadas y acordadas con el cliente.<\/p>\n<p>6. Si se produce una aver\u00eda o defecto en uno de los elementos reparados \/sustituidos, el cliente s\u00f3lo podr\u00e1 solicitar la resoluci\u00f3n del contrato, solicitar la concesi\u00f3n de una indemnizaci\u00f3n por da\u00f1os y perjuicios o una disminuci\u00f3n del precio, tras haber enviado un requerimiento dirigido a MTM para que corrija dicho defecto en un plazo razonable, atendiendo a las circunstancias a la naturaleza del defecto, a la complejidad t\u00e9cnica , o a la disponibilidad de las piezas, que no debe superar el plazo de dos meses y siempre que, tras este requerimiento, MTM no haya conseguido, a pesar de haber realizado varias intervenciones, corregir el defecto. MTM no estar\u00e1 obligada a sustituir el elemento defectuoso en su totalidad, salvo en los casos en que dicha sustituci\u00f3n sea legalmente exigible.<\/p>\n<p>En contratos con consumidores, regir\u00e1 directamente el sistema de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1\/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, por lo que el cliente podr\u00e1 optar por cualquiera de los remedios alternativos indicados, sin necesidad de realizar un requerimiento previo ni esperar el indicado plazo de dos meses.<\/p>\n<p>7. Cualquier pieza reparada o sustituida estar\u00e1 en garant\u00eda hasta la expiraci\u00f3n del per\u00edodo de garant\u00eda inicial del elemento reparado \/ instalado, en las condiciones previstas en el presente art\u00edculo.<\/p>\n<p>8. Toda garant\u00eda de adecuaci\u00f3n a un uso particular s\u00f3lo se aplicar\u00e1 si ha sido expl\u00edcitamente confirmada por escrito por MTM.<\/p>\n<h3>XI. Responsabilidad.<\/h3>\n<p>La responsabilidad de MTM derivada de la ejecuci\u00f3n del presente contrato quedar\u00e1 limitada a los da\u00f1os directos y debidamente acreditados que sean imputables de forma exclusiva y directa a MTM, su personal o sus subcontratistas.<\/p>\n<p>Cuando los da\u00f1os est\u00e9n cubiertos por p\u00f3liza de seguro que otorgue compensaci\u00f3n efectiva, MTM no estar\u00e1 obligada a abonar una indemnizaci\u00f3n adicional por el importe ya cubierto. MTM no responder\u00e1 por da\u00f1os indirectos, consecuenciales, lucro cesante, p\u00e9rdida de producci\u00f3n\/explotaci\u00f3n o beneficios, inmovilizaci\u00f3n de embarcaciones o p\u00e9rdida de uso.<\/p>\n<p>En ning\u00fan caso se excluir\u00e1 la responsabilidad por da\u00f1os causados por dolo o culpa grave.<\/p>\n<p>En contratos con consumidores, las limitaciones de responsabilidad previstas en este art\u00edculo no afectar\u00e1n a los derechos imperativos del consumidor conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1\/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.<\/p>\n<p>El cliente est\u00e1 obligado a notificar a MTM por escrito y en el plazo m\u00e1s breve posible cualquier da\u00f1o o p\u00e9rdida en los que MTM pueda resultar ser perjudicada o responsable.<\/p>\n<h3>XII. Cumplimiento normativo.<\/h3>\n<p>1.El cliente se obliga a cumplir en todo momento con lo dispuesto en la legislaci\u00f3n vigente tanto nacional como internacional, en particular con la normativa en materia de lucha contra la corrupci\u00f3n, as\u00ed como las leyes antimonopolio y de defensa de la competencia.<\/p>\n<p>2.El cliente conoce y acepta que MTM no tolera, ni tolerar\u00e1, ning\u00fan tipo de incumplimiento normativo y se compromete a realizar todo lo necesario para garantizar su cumplimiento dentro su organizaci\u00f3n, as\u00ed como en su caso a reportar en el menor tiempo posible posibles irregularidades o infracciones que pudieran cometerse.<\/p>\n<p>El cliente garantizar\u00e1 que ni \u00e9l ni sus empleados ofrecer\u00e1n, dar\u00e1n, conceder\u00e1n o prometer\u00e1n ventajas a otras personas (especialmente a funcionarios o personas con cargos p\u00fablicos equiparables), de naturaleza material o inmaterial, ni reclamar\u00e1n, recibir\u00e1n o aceptar\u00e1n la promesa de tales ventajas por parte de otras personas (independientemente de si se trata de una ventaja personal propia o para otra persona), con la intenci\u00f3n de influir de forma inadmisible en una relaci\u00f3n comercial o donde exista el peligro de comprometer la independencia profesional del socio comercial.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el cliente est\u00e1 obligado a no realizar actividades directa o indirectamente, de forma activa o pasiva, o abstenerse de ellas, que puedan provocar especialmente una responsabilidad penal por fraude, abuso de confianza, infracci\u00f3n contra la competencia o insolvencia punible.<\/p>\n<p>3.El incumplimiento de alguna de las obligaciones anteriores por parte del cliente facultar\u00e1 a MTM a resolver el contrato.<\/p>\n<p>4.La resoluci\u00f3n del contrato por los motivos previstos en esta cl\u00e1usula no dar\u00e1 lugar a indemnizaci\u00f3n de da\u00f1os y perjuicios a favor de ninguna de las partes, por la parte del contrato no ejecutada. Sin perjuicio de lo anterior, MTM conservar\u00e1 el derecho a percibir el importe correspondiente a los servicios efectivamente prestados hasta la fecha de resoluci\u00f3n y el reembolso de los gastos justificados incurridos en ejecuci\u00f3n del contrato, aplic\u00e1ndose a tal efecto el r\u00e9gimen de liquidaci\u00f3n e imputaci\u00f3n previsto en la cl\u00e1usula VIII.<\/p>\n<h3>XIII. Protecci\u00f3n de datos personales.<\/h3>\n<p>1. A efectos de cumplimiento de lo establecido en la Ley espa\u00f1ola, LO 3\/2018 de 5 de diciembre de Protecci\u00f3n de Datos Personales y Garant\u00eda de los Derechos Digitales, los datos personales de las personas de contacto y\/o de los firmantes del Contrato ser\u00e1n tratados por la parte contraria con la finalidad de gestionar la relaci\u00f3n contractual entre las Partes y llevar a cabo la ejecuci\u00f3n del objeto del Contrato. Por lo anterior, la base legal para dicho tratamiento es la ejecuci\u00f3n de contrato.<\/p>\n<p>2.Ambas Partes manifiestan que los referidos datos personales no ser\u00e1n transferidos a ning\u00fan tercero que no tenga una relaci\u00f3n de destinatario necesario o encargado de tratamiento de MTM o del cliente y \u00fanicamente con la finalidad de mantener la referida relaci\u00f3n contractual.<\/p>\n<p>En el caso de transferencias de datos fuera de la Uni\u00f3n Europea, las Partes adoptaran las medidas necesarias de acuerdo con la normativa aplicable.<\/p>\n<p>3.Dichos datos personales ser\u00e1n conservados por ambas Partes, seg\u00fan corresponda, mientras dure la relaci\u00f3n que por medio del presente Contrato las une, no obstante, una vez terminada la relaci\u00f3n contractual, los conservar\u00e1n debidamente bloqueados, para su puesta a disposici\u00f3n de las Administraciones P\u00fablicas competentes, Jueces y Tribunales o el Ministerio Fiscal durante el plazo de prescripci\u00f3n de las acciones que pudieran derivarse de la relaci\u00f3n mantenida entre las Partes y\/o los plazos de conservaci\u00f3n previstos legalmente. Las Partes proceder\u00e1n a la supresi\u00f3n f\u00edsica de estos datos personales una vez transcurridos dichos plazos.<\/p>\n<p>4.Los interesados pueden ejercitar, si lo desean, sus derechos de acceso, rectificaci\u00f3n y supresi\u00f3n de datos, as\u00ed como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, solicitar la portabilidad de sus datos, as\u00ed como, en su caso, no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, remitiendo una comunicaci\u00f3n por escrito a la direcci\u00f3n indicada a continuaci\u00f3n: mtm@mtmsa.com. Igualmente podr\u00e1n presentar una reclamaci\u00f3n ante la autoridad de control.<\/p>\n<p>5.Si el tratamiento de los datos de car\u00e1cter personal incluyera otros datos distintos a los de la identidad de las Partes, \u00e9stas se comprometen a tomar las medidas oportunas y firmar cualesquiera documentos sean requeridos de conformidad con la legislaci\u00f3n aplicable.<\/p>\n<p>6. En el caso de que, para la ejecuci\u00f3n del presente Contrato, el cliente tuviera que tratar datos por cuenta de MTM en la condici\u00f3n de encargado de tratamiento de datos, las Partes se comprometen a suscribir el Contrato de Encargado de Tratamiento para dar cumplimiento a lo dispuesto en el art\u00edculo 28 del Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos (Reglamento 2016\/679) y 33 de la Ley Org\u00e1nica 3\/2018, de 5 de diciembre, de protecci\u00f3n de datos y garant\u00eda de los derechos digitales.<\/p>\n<h3>XIV. Modificaci\u00f3n estipulaciones.<\/h3>\n<p>Cualquier modificaci\u00f3n o ampliaci\u00f3n de las anteriores estipulaciones deber\u00e1n ser recogidas por escrito y debidamente firmadas en un ANEXO adicional.<\/p>\n<h3>XV. Ley aplicable, lugar de celebraci\u00f3n y lugar de ejecuci\u00f3n.<\/h3>\n<p>1. El contrato se rige en su totalidad por el Derecho espa\u00f1ol, conforme al art\u00edculo 3 del Reglamento (CE) n.\u00ba 593\/2008, de 17 de junio de 2008, sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I). La elecci\u00f3n de la ley espa\u00f1ola comprende todas las cuestiones relativas a la formaci\u00f3n, validez, interpretaci\u00f3n, cumplimiento y extinci\u00f3n del contrato. Esta elecci\u00f3n de ley se entender\u00e1 sin perjuicio de cualesquiera normas imperativas o de aplicaci\u00f3n necesaria del ordenamiento de un Estado miembro con el que el contrato presente v\u00ednculos significativos que no puedan ser excluidas por acuerdo de partes en virtud de la legislaci\u00f3n aplicable.<\/p>\n<p>2. El lugar de celebraci\u00f3n del contrato es Espa\u00f1a, en el domicilio social de MTM, sin perjuicio de que la ejecuci\u00f3n de las prestaciones pueda realizarse en el lugar convenido entre las partes. Esta previsi\u00f3n tiene efectos a los fines del Derecho internacional privado, sin perjuicio de que la ejecuci\u00f3n de las prestaciones pueda realizarse en el lugar convenido entre las partes conforme al apartado siguiente.<\/p>\n<p>3. El lugar de ejecuci\u00f3n de las prestaciones ser\u00e1 el que se indique expresamente en cada pedido u orden de trabajo. En ausencia de indicaci\u00f3n expresa, el lugar de ejecuci\u00f3n de los servicios ser\u00e1 el domicilio social de MTM o el emplazamiento designado por MTM en la confirmaci\u00f3n del pedido, que tendr\u00e1 la consideraci\u00f3n de lugar de cumplimiento de la obligaci\u00f3n caracter\u00edstica a los efectos del art\u00edculo 7.1 del Reglamento (UE) n.\u00ba 1215\/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecuci\u00f3n de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (Bruselas I bis).<\/p>\n<p>4. Cuando el cliente tenga la condici\u00f3n de consumidor o usuario en el sentido del art\u00edculo 3 del Real Decreto Legislativo 1\/2007, de 16 de noviembre, la elecci\u00f3n de la ley espa\u00f1ola prevista en el apartado 1 no podr\u00e1 privarle de la protecci\u00f3n que le otorguen las disposiciones imperativas de la ley del pa\u00eds en que tenga su residencia habitual. Cualquier cl\u00e1usula de las presentes condiciones generales que pudiera resultar m\u00e1s restrictiva que las normas imperativas de la ley de residencia habitual del consumidor se tendr\u00e1 por no puesta, prevaleciendo dichas normas imperativas en todo lo que resulte m\u00e1s favorable para el consumidor.<\/p>\n<h3>XVI. Tribunal competente.<\/h3>\n<p>1. Salvo disposici\u00f3n de derecho necesario obligatoria, las partes convienen en someterse expresamente a los Tribunales de Palma de Mallorca con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, para admitir los litigios relativos a la aplicaci\u00f3n de las presentes condiciones generales y de forma m\u00e1s general para admitir todo litigio relativo a la venta de los productos de MTM y a las prestaciones de servicios realizadas por MTM.<\/p>\n<p>La presente cl\u00e1usula se aplicar\u00e1 incluso en caso de recurso de urgencia, de demanda incidental o de varios demandados o de recurso de garant\u00eda independientemente de las formas de pago sin que las cl\u00e1usulas de atribuci\u00f3n de jurisdicci\u00f3n que puedan existir en los documentos de los clientes puedan poner obst\u00e1culos a su aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. En contratos celebrados con consumidores y usuarios, la competencia judicial para la resoluci\u00f3n de litigios corresponder\u00e1 al juzgado o tribunal del domicilio del consumidor o el que corresponda conforme a las normas generales de competencia territorial.<\/p>\n<p>Conforme<br \/>\nFdo. El Cliente<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CONDICIONES GENERALES DE PRESTACION DE SERVICIO Y SUMINISTRO DE REPUESTOS I. Disposiciones generales. 1. Las presentes condiciones generales se aplican a las prestaciones de montaje, instalaciones, reparaciones, servicios de mantenimiento, modificaciones, y venta de piezas de repuesto, contratadas entre MOTORES Y TRANSMISIONES MARINOS S.A. (en adelante MTM) y sus clientes. 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